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Jueves, 25 de Abril de 2024

CONFIRMAN USO DE ARMAS DE FUEGO EN OPERATIVOS ANTICONTRABANDO PARA FFAA Y POLICÍA

POLÍTICA | 24 Abr 2018

MONITOREO / ABI / SENADO.- La Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó el martes por la noche las observaciones enviadas por el Ejecutivo a la Ley de Fortalecimiento de Lucha contra el Contrabando, relacionadas al campo de acción.

"Lo que se ha hecho con estas observaciones es garantizar que esos municipios de frontera que son colindantes a la zona fronteriza y en los que se tiene certeza de que hay actividad vinculada al contrabando, en esos lugares se podrá también aplicar esta normativa", explicó el presidente del Senado José Alberto Gonzales, en conferencia de prensa.

La norma ya fue sancionada el pasado 5 de abril; sin embargo, a pedido del Órgano Ejecutivo esta fue modificada en uno de sus artículos, referidos a una complementación aclaratoria que tiene que ver con el campo de aplicación de la Ley.

Gonzales detalló que en los pasos de frontera existe una línea denominada zona de seguridad fronteriza que tiene municipios aledaños donde no podían actuar las fuerzas del orden, aspecto que fue corregido en el objetivo de una efectiva lucha contra el contrabando.

"El control del contrabando se utiliza en todo el territorio nacional, que quede claro, lo que se está haciendo aquí es esta excepcionalidad de permitirles a los efectivos de las Fuerzas Armadas que están en la lucha contra el Contrabando defenderse en caso de que sean atacados con armas de fuego", remarcó.

La Ley de Fortalecimiento a la Lucha Contra el Contrabando se aplica a personas naturales y jurídicas que transportan, comercializan o almacenan mercancías que no cuentan con el control aduanero en la zona de seguridad fronteriza.

Los efectivos policiales, de las Fuerzas Armadas o de Aduana que participen en los operativos contra el contrabando estarán exentos de responsabilidad penal cuando actúen en legítima defensa dentro de la zona de seguridad fronteriza del Estado.

Debe recalcarse que la ley establece que tanto policías como militares podrán hacer uso de sus armas de fuego en proporción al riesgo de los operativos.

Al respecto, el presidente de la Cámara de Senadores, aclaró que la norma no da vía libre a la utilización de armas, sino que contempla ciertos parámetros que restringen de manera puntual y en qué circunstancias se puede recurrir a ello.

“Esto significa que, cuando los efectivos de las FFAA están luchando contra el contrabando, sean amenazados con armas de fuego, ellos podrán responder de la misma manera, en igualdad de condiciones. De ninguna manera se da paso a un uso indiscriminado de armas de fuego”, indicó.

//FUENTE: ABI/ SENADO//
 

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