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Sábado, 20 de Abril de 2024

Escribe Edgar Ramos Andrade

Medios de comunicación del Estado y respeto a la ley

OPINIÓN | 12 Oct 2018

Los medios de comunicación del Estado, tienen financiamiento público y están sometidos al cumplimiento de leyes específicas, de cumplimiento obligatorio.

La Constitución Política del Estado, y tres leyes regulan el uso de bienes estatales: Ley 4 de lucha contra la corrupción, enriquecimiento ilícito e investigación de fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz” del 31 de marzo de 2010; Código Penal Ley 10426 del 23 de Agosto de 1972; y Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental del 20 de julio de 1990.

Estas normas establecen cómo, se deben administrar los bienes estatales: desde una silla hasta un edificio. El artículo 26 de la Ley 4 señala que “el servidor público que otorgue un fin distinto al cual está destinado un bien estatal, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años”.

En caso de incumplir con dicho procedimiento, aplica el artículo 154 del Código Penal, que señala: “El funcionario público que omitiere o rehusare hacer algún acto propio de su función, incurrirá en reclusión de un mes a un año”. Una autoridad o funcionario público sabe que debe aplicar estas normas.

Es el criterio que primó para resolver el convenio de Radio Líder con el programa “Cabildeo con Amalia Pando”, que hizo apología electoral y se identificó explícitamente con una candidatura utilizando un bien estatal, por tanto se incurrió en uso indebido. Los sancionados serán los funcionarios a cargo de ese bien estatal.

La gestión actual de la Gobernación de La Paz está sometida a la Ley por medio de cinco organismos: Asamblea Legislativa Departamental, Comisiones del Parlamento, Contraloría General del Estado, Ministerios de Planificación y de Economía y, Fiscalía General del Estado.

El año 2016 la oficina del Gobernador fue allanada (más de una vez) por fiscales llegados desde Sucre y el Parlamento convocó varias veces al Dr. Félix Patzi para “Informes” por ejemplo en el caso de la compra, a la empresa china CAM-C de un camión perforador de agua.

Se supone que un ex funcionario público, por ejemplo el prestigioso historiador convencional y ex presidente Carlos Mesa (apologista de Gonzalo Sánchez de Lozada y de Evo Morales) conoce de las normas descritas. Lo contrario confirmaría su improvisada incursión en política y conducción estatal.

Y en el caso de periodistas, medios y gremios periodísticos, sería recomendable leer con detalle dichas normas, antes de emitir criterios apresurados. La soberbia –casi racial– de algunas personas ante decisiones asumidas en el caso de Radio Líder, solo muestra nervios anticipados.

En la Bolivia actual se ha hecho “normal” hacer mal uso, abusar de los bienes estatales. Todos y todas, incluidos los soberbios y nerviosos, debemos aprender, en algún momento, a utilizar los bienes del Estado en base a la Ley.

//* EDGAR RAMOS ANDRADE ES COMUNICADOR, INVESTIGADOR SOCIAL Y DEFENSOR DE PERIODISTAS//

//**LOS TEXTOS REPRODUCIDOS EN ESTE ESPACIO DE OPINIÓN SON DE ABSOLUTA RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO COMPROMETEN LA LÍNEA EDITORIAL PLURAL – LIBERAL DE ESTE MEDIO DE COMUNICACIÓN//

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