Visor Bolivia Diario Multimedia
Jueves, 18 de Abril de 2024

Escribe Franz Barrios

En ningún caso al MAS le correspondía suceder en noviembre de 2019

OPINIÓN | 30 Abr 2021

Recientemente Página Siete logró una hábil confesión por parte del exsenador masista Omar Aguilar, bajo el título “Tras la salida de Evo, Salvatierra pidió la renuncia colectiva de legisladores del MAS”. Aguilar además menciona que “tienen los respaldos de los mensajes de los grupos de WhatsApp de ese entonces”. Digo, tan así como para tener que aportarlos a Fiscalía para fines investigativos.

Seguidamente, respecto al motivo de la instrucción de renuncia que efectuó Salvatierra, Aguilar confirma nuestra hipótesis sobre que los masistas decidieron premeditadamente abandonar funciones/renunciar, creyendo que con ello sabotearían el quórum para la instalación de sesiones de la ALP. Pero “les salió el tiro por la culata”, porque ellos ignoran que las sucesiones dispuestas en el reglamento y en la Constitución se operan ipso iure (de pleno derecho), es decir sin necesidad de sesión.

En otra parte de la entrevista, Aguilar, asimismo, nos confiesa que se sentaron con quienes consideran “golpistas” a negociar, incluso, el conservar su sigla a cambio de cogobernar “en paz” con la expresidente constitucional Áñez. Prueba de ello es que él mismo declara que concertaron un paquete de leyes para que el nuevo Gobierno las promulgara (como la Ley de convocatoria a las elecciones generales).

Ahora bien, amén de otros elementos que aporta la confesión de Aguilar, me detengo a examinar su aseveración sobre que: “En esos días previos de negociación donde estaban Tuto Quiroga, Luis Vásquez Villamor, la Iglesia Católica, Adriana Salvatierra, además de los exministros Carlos Romero, Javier Zavaleta y Héctor Arce, ahí se acuerdan de Añez. Se olvidan de Susana Rivero, (‘), a ella le correspondía asumir la Presidencia antes que Añez.” Esto último es tan falso como la “licenciatura” de Álvaro García L.

Me explico, la exdiputada Rivero jamás fue considerada en la línea de sucesión constitucional por el simple hecho de que había abandonado funciones/renunciado, se había metido a una embajada (junto con la traidora Salvatierra et al.); es decir, había abandonado territorio boliviano con intenciones de asilo, refugio (proyecto de vida) en otros países.

Para seguir brindando lecciones sintéticas de derecho parlamentario, diseccionamos las siguientes hipótesis:

1) En el hipotético caso de que Susana Rivero se hubiera mantenido en el cargo como primera vicepresidente de Diputados en lugar de fugar, mientras la doctora Áñez siguiera como segunda vicepresidente del Senado, ella siempre hubiera sido preferente para suceder en la Presidencia del Estado a la luz del Art. 169.I CPE, y del Art. 41 inc.a) del Reglamento del Senado.

2) Si Víctor Borda hipotéticamente no hubiera abandonado el cargo, mientras la doctora Áñez siguiera ejerciendo como segunda vicepresidente del Senado, ella también hubiera sido preferente a suceder en la Presidencia del Estado a la luz del Art. 169.I CPE, y del Art. 41 inc.a) del Reglamento del Senado.

La preferencia sucesoria siempre recae en la Cámara Alta en tanto su directiva no se agote.

3) Y en el hipotético caso de que la doctora Áñez hubiera renunciado, se les recuerda que, en Diputados todavía estaba en línea sucesoria la exdiputada Margarita Fernández (UD).

Ergo, como no renunciaron las por entonces segundas vicepresidentes del Senado y de Diputados, Áñez y Fernández, respectivamente, estaban legalmente habilitadas a suceder ipso iure sin necesidad de sesión, renovación de directiva o resolución alguna -según Reglamento y por el principio de continuidad- en las presidencias de ambas Cámaras. Simple.

Finalmente, no está demás decir que los reglamentos del Senado y de Diputados siempre contemplan las segundas vicepresidencias de cada cámara para los bloques políticos por minoría, que en 2019 correspondían a UD. Y para cuando se operan sucesiones camarales, ya sea por ausencia temporal o impedimento definitivo, los reglamentos no reparan en que la suplencia o sucesión recaiga en alguien del mismo partido del bloque mayoritario.

//*FRANZ RAFAÉL BARRIOS GONZÁLEZ ES INVESTIGADOR EN ASUNTOS JURÍDICOS//

//**LOS TEXTOS REPRODUCIDOS EN ESTE ESPACIO DE OPINIÓN SON DE ABSOLUTA RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO COMPROMETEN LA LÍNEA EDITORIAL PLURAL – LIBERAL DE ESTE MEDIO DE COMUNICACIÓN// 

SI ¿Fue interesante la noticia? NO
Pasan sus días, semanas, meses y años sumergidos en su mundo, pero con la atención de servidores que son como la familia que nunca conocieron / VISOR21

ESPECIALES | 31 Ene 2022

ARCHIVOS.- Lea el reportaje especial de @VisorBolivia para la Fundación Para el Periodismo que se publicó en diciembre de 2021, en el marco de la convocatoria al Fondo Concursable Spotlight XI de apoyo a la investigación periodística en los medios de comunicación.

#

ENTREVISTAS | 2 Feb 2022

#

ENTREVISTAS | 2 Feb 2022

vb

ENTREVISTAS | 3 Ene 2022

Compartimos el MONITOREO del material informativo de las principales agencias noticiosas del país, con enlaces a las fuentes originales.

vb

ENTREVISTAS | 3 Ene 2022

El seguimiento a la información generada en los nueve departamentos del país a través de los principales PERIÓDICOS locales.

vb

ENTREVISTAS | 3 Ene 2022

La voz plural con la participación de los mejores COLUMNISTAS del país, con permiso expreso, y en el marco de la libertad de expresión.