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Martes, 16 de Abril de 2024

Nueva ley aprobada: Solamente el INE podrá difundir “datos oficiales”

POLÍTICA | 8 Oct 2021

Norma es parte del “paquetazo” que impulsa el oficialismo para ejercer “mayor control del Estado sobre la sociedad”

VISOR BOLIVIA / Redacción.- En horas de la madrugada, el Senado terminó de aprobar la Ley de Estadísticas Oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia que delega al Instituto Nacional de Estadística (INE) la exclusividad en la difusión de datos oficiales del país, sin tomar en cuenta a los gobiernos departamentales y municipales.

Como hipercentralista, en palabras de la senadora de Comunidad Ciudadana (CC), Cecilia Requena, fue calificada la ley aprobada por la mayoría masista.

“La ley es hipercentralista porque de manera transversal reserva para el nivel central del Estado y el INE la prerrogativa de divulgar datos oficiales, dejando de lado las iniciativas regionales y de gobernaciones que también producen estadísticas”, declaró Requena a El Deber.

De esta forma todos los gobiernos autónomos estarán obligados a entregar sus estadísticas al INE, en calidad de “informantes”, para que esa entidad sea la que evalúe y difunda la información al público o utilice los datos con fines internos.

En ese marco, la norma establece que se catalogan como “informantes” del INE a “toda persona natural o jurídica, pública, privada o mixta, organizaciones autónomas, organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones, entidades religiosas y de creencias espirituales, organismos internacionales, agencias de cooperación y otras”.

Requena añadió que en caso de no entregar la información requerida por el INE, esos sujetos informantes son pasibles a multas de 7.000 UFV o Bs 10.000.

Esta nueva ley es parte del “paquetazo” que impulsa el oficialismo para ejercer “mayor control del Estado sobre la sociedad”.

Un boletín de la Cámara Alta explica que también se aplica el Secreto Estadístico, que detalla: “la información proporcionada por los informantes, no podrá ser revelada en forma individual y solo podrá ser publicada de norma anonimizada. Asimismo, puntualiza que, la información, no podrá ser utilizada con propósitos tributarios, judiciales administrativos o policiales, aunque medie orden administrativa o judicial”.

//@VisorBolivia// 

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