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Viernes, 19 de Abril de 2024

LEGISLATIVO VUELVE A INTERPRETAR REQUISITO SOBRE DOS IDIOMAS PARA ELECCIÓN JUDICIAL

POLÍTICA | 25 Abr 2017

VISOR BOLIVIA / Redacción Central.- Uma, qhana, runa, metei, deberían ser palabras que todo servidor público debiera conocer o dominar. Sin embargo, la mayoría de los funcionarios estatales no cumplen con esa formalidad y a ellos se sumarán los postulantes al Órgano Judicial cuya preselección no tomará en cuenta ese requisito constitucional ratificado en la Ley 026 y la Ley 269.

Las elecciones judiciales de octubre no tomarán en cuenta el requisito de hablar dos idiomas del Estado Plurinacional, y aquello quedará en un simple expediente para la acumulación de puntaje en la fase de preselección, confirmaron hoy desde el oficialista MAS.

Los postulantes no tienen por qué conocer un idioma nativo, pues su aplicación solo se cumple desde que aquel asume funciones como servidor público, expuso la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño. “El requisito de hablar otro idioma oficial del Estado, además del español, es cuando son autoridades electas por voto popular, es decir, cuando pasan a ser servidores públicos”.

Su correligionario Víctor Borda también ratificó que en la etapa de preselección los postulantes a los altos cargos judiciales no deberán pasar por el filtro del dominio de al menos uno de los 36 idiomas reconocidos por el Estado.

Sin embargo, esta interpretación de la mayoría oficialista que prevé aprobar la convocatoria a la elección judicial este sábado, pasa por alto la propia Constitución Política del Estado, la Ley de Régimen Electoral 026 y la Ley General de Derechos y Políticas Lingüísticas 269.

Para la diputada el PDC Norma Piérola, el tema pasa por la falta de respeto a la ley. Desde el primer mandatario, quien es llamado a cumplir y hacer cumplir la CPE, no se acata la normativa vigente, demostrando que se interpreta y manipula la ley según el interés político.

INTERPRETACIÓN SEGÚN EL CASO

En el tema específico del idioma, este requisito fue aplicado por la mayoría oficialista en el Legislativo durante la fase de preselección cuando se eligió al nuevo Defensor del Pueblo el año pasado. El periodista John Arandia, quien tenía un alto perfil en criterio de la opinión pública, fue depurado por no hablar aymara o quechua. El defensor designado por el Legislativo, David Tezanos, pasó con creces la entrevista en la comisión mixta, en la que apenas logró articular algunas frases sueltas en aymara.

“Es un manejo arbitrario y abusivo, nosotros tenemos atribución para aprobar leyes, para proponer, abrogar, derogarlas, extinguir las leyes, etc, pero no tenemos facultad expresa para excepcionar una norma para determinadas personas”, reprochó Piérola en contacto con VISOR BOLIVIA.

La legisladora reiteró que la elección judicial está cargada de intereses político partidarios, anticipando que el oficialismo incluso pretende “blindarse” ante próximos procesos judiciales contra quienes hoy detenta el poder.

“El MAS está blindando la justicia con un manto azul para evitar justamente futuros juicios de responsabilidades al presidente, al vicepresidente y juicios ordinarios a quienes están manejando la cosa pública en este país”, acotó.

Tras la aprobación de la resolución camaral y convocatoria a la elección judicial, la oposición presentará un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, donde al menos existen 37 procesos activados por la oposición que no pasan de la comisión de admisión hace varios meses.

TRES NORMAS EXIGEN EL REQUISITO DEL SEGUNDO IDIOMA

El artículo 234 de la CPE establece que “para acceder al desempeño de funciones públicas se requiere: (7) Hablar al menos dos idiomas oficiales del país”. Como idioma base se considera al castellano y como idioma nativo uno de los reconocidos dentro de las 36 naciones indígenas originarias campesinas, listados a su vez en el artículo 5 de la carta fundamental vigente desde 2009.

Luego la Ley de Régimen Electoral estableció que la aplicación de ese requisito sería de forma paulatina, con una referencia específica a la primera experiencia de comicios judiciales en la que sentencia que aquella sería la última elección que no tomaría a pie de la letra este aspecto normativo.

La disposición transitoria quinta cita: “En la elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional convocada para el 5 de diciembre de 2010, de manera excepcional no se aplicará el requisito de hablar dos idiomas oficiales y este será el último proceso electoral en que dicho precepto constitucional no se aplique para la candidaturas y postulaciones”.

En 2012 se promulgó la Ley 269 que también señala este requisito constitucional para acceder a un cargo público. Su reglamentación emitida por decreto del 5 de agosto de 2015 especifica que para la fase de selección de personal se ponderará este aspecto, pero luego resalta que todo servidor público debe acreditar el conocimiento o dominio de una lengua originaria.

“En la fase de selección de su personal, las instituciones, entidades y empresas públicas del nivel central del Estado y entidades privadas de servicio público, deberán ponderar el uso de idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, enmarcados en el principio de personalidad”.

En octubre la población acudirá a las urnas para la segunda elección judicial. Se elegirá mediante voto a los altos magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura.

//@VisorBolivia// Fotos: Web/ Captura pantalla/ OEP/

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