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Viernes, 3 de Mayo de 2024

CIDH admite demanda para investigar ejecuciones en La Calancha de 2007

POLÍTICA | 21 Ago 2021

Comisión considera que resulta aplicable el artículo 46.2.c) de la Convención Americana”, reza en uno de los puntos del documento

CORREO DEL SUR / VISOR.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró admisible la demanda por las muertes y víctimas de La Calancha y se apresta a tomar una decisión de fondo que podría ser la acusación al Estado boliviano.

Esta resolución de 8 de julio de este año, recién fue notificada a las partes, así se pronunció a través de las redes sociales el exdiputado, Horacio Poppe, que impulsó esta demanda hace seis años, junto al exasesor Erick Fajardo.

“Ahora no solo debe hablarse de Senkata y Sacaba sino también de La Calancha” escribió el también excandidato a alcalde de Sucre.

El abogado penalista y constitucionalista Arturo Yáñez, destacó esta decisión de la CIDH porque hace algunos años ya fue admitida a trámite la demanda con un decreto, explicó que en esa fase se quedan más del 90% de las demandas que llegan a ese organismo internacional.

Sostuvo que esta nueva declaración de admisibilidad, es el segundo filtro dentro del proceso de la demanda, con la que se notifica a las partes y la CIDH continuará con el análisis de fondo de la cuestión y si corresponde, acusar al Estado boliviano para llevarlo a juicio ante la Corte IDH.

“Hay muertos de por medio y la CIDH en su informe de fondo definirá la acusación al Estado boliviano para ir a juicio ante la Corte Interamericana de derechos Humanos en Costa Rica, o puede no acusar también, pero eso poco probable porque hay una caracterización de los hechos, en cuanto a vulneración de derechos como el derecho a la vida y la impunidad”, apuntó.

La CIDH señala en sus conclusiones que se declara “admisible la presente petición en relación con los artículos 4, 5, 8, 13, 15 y 25 de la Convención Americana” y declara inadmisible la petición en relación con Juan Carlos Saavedra y Roger Soliz Soria.

“En el presente caso, y luego de considerar los procesos judiciales internos como un todo, desde la perspectiva del análisis del agotamiento de los recursos internos, la CIDH observa que a pesar de que han pasado cerca de catorce años desde que ocurrieron los hechos denunciados, las ejecuciones de los señores Gonzalo Durán, José Luis Cardozo y Juan Carlos Serrudo se encuentran, 'prima facie' (a primera vista), sin ser debidamente investigadas y sancionadas, a la espera que la Cámara de Senadores autorice el juzgamiento. En razón a ello, la Comisión considera que resulta aplicable el artículo 46.2.c) de la Convención Americana”, reza en uno de los puntos del documento.

El referido artículo menciona que el "agotar todas las instancias" o los plazos internos, es decir, dentro de la legislación boliviana, para llevar adelante la denuncia no aplican, y la CIDH entiende la admisión procede cuando "haya retardo injustificado en la decisión sobre los mencionados recursos".

En la parte de Análisis de caracterización de los hechos alegados, del documento conocido la noche del viernes, pero fechado con 8 de julio de 2021, la Comisión cita:

“Tras examinar los elementos de hecho y de derecho expuestos por las partes, la Comisión estima que los alegatos del peticionario, referidos a la ejecución de las presuntas víctimas por integrantes de la Policía mientras participaban en una protesta y la alegada impunidad de estos hechos, no resultan manifiestamente infundadas y requieren un estudio de fondo. De verificarse como ciertos los hechos denunciados, estos podrían caracterizar violaciones a los derechos establecidos en los artículos 4 (vida), 5 (integridad personal), 8(garantías judiciales), 13 (libertad de expresión), 15 (reunión), 25 (protección judicial) de la Convención Americana, en relación con su artículo 1.1 obligación de respetar los derechos), en perjuicio de la presunta víctima admitidas en el presente informe y sus familiares”.

En noviembre de 2007, los enfrentamientos entre la Policía y la población civil que reclamaba el reconocimiento de la capitalidad plena para Sucre en la zona de La Calancha terminaron en una represión por la que murieron Gonzalo Durán, el 24 de ese mes; Juan Carlos Serrudo, el 25; y José Luis el 26. Hubo más de 400 heridos.

A consecuencia de estas muertes, la Fiscalía General del Estado presentó un requerimiento acusatorio en contra de las entonces autoridades: ministro de Gobierno, Alfredo Rada; los jefes policiales nacionales Miguel Vásquez y Jorge Espinoza, y comandante departamental de la Policía de Chuquisaca, José Galván.

//FUENTE: CORREO DEL SUR/ DATOS AÑADIDOS VISOR BOLIVIA/ 

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