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Jueves, 25 de Abril de 2024

Vocal dirimidor definirá habilitación o inhabilitación del jefe masista como candidato a senador

POLÍTICA | 1 Sep 2020

VISOR BOLIVIA / Redacción central.- Con dos votos a favor y dos en contra, concluyó la audiencia de Amparo Constitucional que debate la habilitación o inhabilitación de Evo Morales como candidato a primer senador por Cochabamba. Se espera que un vocal dirimidor defina en las siguientes horas, el criterio de “residencia” como causal de participación en elecciones nacionales.

Una maratónica jornada se vivió en el Tribunal Departamental de Justicia, este martes, con un cuarto intermedio instalado al promediar las 19:00 y luego con el “empate” de votos declarado una hora después, como informó el abogado Williams Bascopé.

Según el constitucionalista, en 48 horas se debe definir el caso a través de un vocal dirimidor, por lo que “hay que tener paciencia”. Pero alertó que existen posiciones político partidarias muy claras dentro del Tribunal, por las manifestaciones que expresaron los otros jueces que dieron la razón a los patrocinantes del exmandatario.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE),e n febrero, había inhabilitado a Morales como candidato a primer senador por el departamento de Cochabamba por el Movimiento Al Socialismo (MAS). Sin embargo, ese partido llevó un recurso ante la justicia que fue derivado a la Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.

El artículo de la discordia es el 149 de la Constitución Política del Estado, referido a la residencia permanente como requisito para candidatear a un curul en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

“Para ser candidata o candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional se requerirá cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con dieciocho años de edad cumplidos al momento de la elección, haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”, cita el precepto.

Morales salió del país el 11 de noviembre de 2019, un día después de renunciar voluntariamente a la Presidencia, luego de 21 días de movilizaciones cívicas y ciudadanas contra el fraude electoral de los comicios del 20 de octubre.

Al haber obtenido asilo en México primero, y luego en Argentina, su estatus cambió y dejó de residir en el trópico de Cochabamba, donde tiene su casa propia y está registrado como votante en el padrón electoral.

Bascopé dijo que los abogados del jefe del MAS trataron de “inventar” la figura de “residencia intermitente”, lo cual no está considerado en la CPE ni en ninguna de las normas electorales.

Por su lado, durante las exposiciones, el abogado de Morales, Wilfredo Chávez, quien fue ministro de Gobierno del régimen del MAS, argumentó que su cliente fue “víctima” de un “golpe de Estado”, y por ello tuvo que salir del país “precautelando su vida”.

El argumento del “golpe” y “resguardo de su seguridad” fue repetido durante la intervención del abogado apoderado de Morales Ayma, vía virtual, según se notó en las transmisiones breves difundidas en las redes sociales y canales de televisión.

Chávez pidió aplicar la CPE y la sentencia constitucional 024/2018 sobre la inconstitucionalidad de los artículos referidos a la “residencia permanente”, sobre todo el Art. 149, que fue rechazada por el Tribunal Constitucional Plurinacional cuando la diputada Norma Piérola interpuso una acción de inconstitucionalidad abstracta.

//@VisorBolivia//  

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